En la Inglaterra de 1832 se promulgó una ley que prohíbe construir edificios que restrinjan o imposibiliten el flujo natural de luz que entra por las ventanas de casas vecinas; se denomina Luces Antiguas (Ancient Lights) y se obtiene sea porque el dueño de la ventana ha disfrutado de ese derecho por 20 años o más, o bien por herencia de dicha condición. Existe inclusive una asociación que vela y asesora a los residentes y desarrolladores al respecto: Royal Institution of Charted Surveyors. Japón consta con reglamentación similar, pero ya sabemos que la gran mayoría de los paisanos –al menos en las ciudades- prácticamente viven en “cajitas de fósforo”.
Las implicaciones estéticas, humanísticas y legales del tema dan para mucho hilar en un país como el nuestro donde hay leyes para todo, pero que sólo se aplican a quienes no tienen poder. El sentido común no puede institucionalizarse, pero es evidente que se encuentra en franca decadencia.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario